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Nuevas disposiciones en la Constitución


Santo Domingo.- La nueva Constitución consagra la garantía a los derechos fundamentales del ciudadano, como el derecho a la vida, a la igualdad, la dignidad humana, la libertad y la seguridad y la integridad personal, pero también consigna nuevos derechos que la Constitución de 2002 no contenía.


Entre éstos, podemos citar el derecho a la iniciativa legislativa popular, mediante la cual un número de ciudadanos y ciudadanas, no menor del dos por ciento de inscritos en el registro de electores, podrá presentar proyectos de ley ante el Congreso.

Tienen a partir de ayer categoría constitucional el habeas corpus y la acción de amparo.

Otra conquista es la consignación del referendo, el plebiscito, además del "referendo aprobatorio", para los casos en que las futuras reformas constitucionales versen sobre derechos, garantías fundamentales y deberes, el ordenamiento territorial y municipal, el régimen de nacionalidad, ciudadanía y extranjería, el régimen de la moneda, y sobre los procedimientos de reforma instituidos en esta Constitución.

Además, se consagró la Defensa Pública y la asistencia legal gratuita, como órgano del sistema de justicia para garantizar la tutela efectiva del derecho fundamental a la defensa.

Nuevos organismos

Fueron creados el Tribunal Constitucional, el Tribunal Superior Electoral, los tribunales administrativos, el Consejo del Poder Judicial, el Consejo Superior del Ministerio Público y se dio categoría constitucional al Defensor del Pueblo, que tiene una ley para su puesta el vigencia.

Nueva terminología

A partir de la fecha, las Secretarías de Estado pasan a ser Ministerios y los secretarios y subsecretarios ministros o ministras y vice ministros o vice ministras, además de que los síndicos pasan a ser alcaldes o alcaldesas.

Prohibiciones

La nueva Constitución prohíbe la reintegración de militares y policías, el referendo revocatorio o aprobatorio de mandatos de ninguna autoridad electa o designada.

¿Cero redadas policiales?

Dentro del artículo 40 sobre el derecho a la libertad y seguridad personal, el numeral seis establece que "toda persona privada de su libertad, sin causa o sin las formalidades legales o fuera de los casos previstos por las leyes, será puesta de inmediato en libertad a requerimiento suyo o de cualquier persona".

¿Prohibición del aborto?

Según el presidente de la Asamblea Nacional, Reinaldo Pared Pérez, el que se haya aprobado que "el derecho a la vida es inviolable, desde la concepción hasta la muerte" no acarreará la muerte de mujeres con embarazos con problemas, ya que pudieran ser interrumpidos al amparo del numeral tres del artículo 42.

Este numeral establece que "nadie puede ser sometido, sin consentimiento previo, a experimentos y procedimientos que no se ajusten a las normas científicas y bioéticas internacionalmente reconocidas. Tampoco a exámenes o procedimientos médicos, excepto cuando se encuentre en peligro su vida".

El consumidor


El artículo 53 establece que "toda persona tiene derecho a disponer de bienes y servicios de calidad, a una información objetiva, veraz y oportuna sobre el contenido y las características de los productos y servicios que use o consuma, bajo las previsiones y normas establecidas por la ley. Las personas que resulten lesionadas o perjudicadas por bienes y servicios de mala calidad, tienen derecho a ser compensadas o indemnizadas conforme a la ley".

Fuente: DiarioLibre.com / Socorro Arias

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