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Cómo define nuestra libertad y soberanía la Constitución Dominicana

 

¿Alguna vez te has preguntado qué hace que la República Dominicana sea única en el panorama mundial? ¿Qué principios fundamentales guían nuestra nación y cómo se reflejan en nuestras leyes y en nuestra vida diaria? En el corazón de estas preguntas yace el Artículo 1 de nuestra Constitución, no solo un párrafo en un documento legal, sino el alma de nuestra identidad nacional.

La Constitución de la República Dominicana (2010) establece en su primer artículo:
"El pueblo dominicano constituye una Nación organizada en Estado libre e independiente, con el nombre de República Dominicana."

Desglosando el Artículo 1:

Este breve pero poderoso artículo encierra varios conceptos clave:
  1. "Nación Organizada en Estado": Este término subraya la unión de una comunidad con una identidad compartida y una estructura gubernamental efectiva y autónoma. 
  2. "Libre e Independiente": Estas palabras son una declaración firme de nuestra autodeterminación y soberanía, libres de dominación externa. 
  3. "República Dominicana": Más que un nombre, representa nuestro legado histórico, cultural y los valores que nos unen.
Es fascinante ver cómo el concepto de Estado ha evolucionado a lo largo de la historia. Según Engels y otros estudiosos, el Estado tuvo su origen en la antigua Atenas y desde entonces, ha sido un pilar en la formación de sociedades y naciones. Observando las Ciudades-Estado de la antigua Grecia y los ejemplos modernos como San Marino, apreciamos la diversidad en la forma y estructura de los Estados a lo largo de la historia y en diferentes regiones del mundo.

Más allá de su definición jurídica, el Artículo 1 simboliza los pilares de nuestra democracia y soberanía. Es un eco de nuestra historia y una guía hacia el futuro, reafirmando los principios de libertad y autodeterminación.

Al comparar nuestro Artículo 1 con constituciones de otras naciones, se resalta la naturaleza universal de ciertos valores democráticos, y cómo estos se adaptan y reflejan en cada país, incluyendo la República Dominicana.

El Artículo 1 de la Constitución Dominicana va más allá de las palabras; es una proclamación de nuestra identidad y principios. Nos recuerda constantemente lo que significa ser dominicano y la responsabilidad de preservar y promover nuestros valores fundamentales. Al entender la evolución y la diversidad del concepto de Estado, ampliamos nuestra apreciación por la singularidad de nuestra propia nación y reconocemos nuestro lugar en el rico mosaico de la historia mundial.

Dr. Frank Martínez

El Dr. Frank Martínez, un destacado abogado y académico, ha dedicado más de 25 años a la enseñanza del derecho constitucional en la Universidad Central del Este (UCE). Con una carrera distinguida en el ámbito legal y político, el Dr. Martínez ha servido a su país como Juez de Paz, Senador y Diputado, demostrando un compromiso inquebrantable con la justicia y el bienestar de la República Dominicana. Actualmente, aspira a representar la provincia de La Romana en el Senado de la República Dominicana, impulsado por su deseo de continuar contribuyendo al desarrollo y la prosperidad de su nación.

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