SANTO DOMINGO.- El Tribunal Constitucional (TC) declaró no conforme con
la Constitución la Resolución 086-11 del Instituto Dominicano de
Telecomunicaciones (INDOTEL) que autoriza a los organismos de seguridad
espiar las llamadas telefónicas de cualquier ciudadano sin la
autorización de un juez.
En la sentencia TC/0200/13 la alta corte establece que la mencionada resolución del organismo de telecomunicaciones "violenta el derecho a la intimidad, en su vertiente de derecho al secreto y privacidad de la comunicación; el principio de reglamentación e interpretación de los derechos fundamentales; el principio de razonabilidad; el principio del debido proceso y el principio de legalidad penal, contenidos en la Carta Sustantiva".
La sentencia, dictada el pasado día 7 del mes corriente y dada a conocer por el TC este martes, fue aprobada con once votos a favor y un voto disidente, informa el mismo tribunal en un comunicado de prensa.
En TC estimó que los accionantes, los periodistas Namphi A. Rodríguez, José Rafael Molina Morillo, la Fundación Prensa y Derecho y el Centro para la Libertad de Expresión de la República Dominicana, "demostraron tener un interés legítimo y jurídicamente protegido, en vista de que los efectos de la ejecución de las disposiciones contenidas en la Resolución 086-11 pudieran afectar el manejo de datos relacionados al tráfico y conexión de las comunicaciones de dichos ciudadanos, por lo cual podrían resultar perjudicados con dicha resolución".
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